lunes, 16 de septiembre de 2013

Videovigilancia casi Gratis

Hoy os presentamos un nuevo concepto de Videovigilancia, que se está extendiendo muy rápido entre los antiguos clientes de empresas de alarmas, cansados de que sean ellos precisamente quienes les roben su dinero con la cuota mensual.

Ciertamente es muy dificil encontrar hoy en día una Central Receptora de Alarmas por menos de 30 euros al mes (más el IVA en muchos casos). En realidad, el servicio que prestan es el mismo hoy y hace varios años, pero el coste de la Cuota de Conexión se ha DUPLICADO.

Casi todas las empresas de alarmas, hoy por hoy, instalan sistemas con verificación por imágenes. Es decir, el propio sensor, al detectar movimiento, graba una serie de imágenes que envia mediante conexión de datos a la Central Receptora de Alarmas.

Hay otras empresas que aún van más allá y ofrecen la "Videovigilancia" a sus clientes, previa adquisición de la cámara de video que instalarán en el domicilio. En este caso, esa cámara, usando la conexión ADSL del propio cliente, enviará videos a la Central Receptora cuando detecte movimientos, donde se almacenarán en un servidor. Obviamente, esto conlleva un coste que, sumado al de Conexión con la Central Receptora de Alarmas, puede incrementarse hasta los 50 Euros (más IVA).

Si firmas un contrato de permanencia de 2 años... haz la cuenta de lo que te costará tu seguridad.. más que la del propio Presidente del Gobierno!!

Para montarnos nuestro propio sistema de Videovigilancia, simplemente necesitaremos una cámara IP Wifi y una conexión a internet.

Existen en el mercado distintos tipos de cámaras ip (unas motorizadas que permiten movimientos en horizontal y vertical) y otras fijas. El coste de una cámara "normal" de estas características suele rondar los 50 euros aproximadamente.

La mayoría de estas cámaras traen integrado un Sensor de Movimiento y lo podemos configurar por días y horas. Así, cuando la cámara detecta movimiento comienza a enviarnos las imagenes en forma de fotografías a nuestro correo electrónico.

Si queremos ver la cámara en tiempo real, bastará con acceder mediante una aplicación móvil, configurándola mediante la dirección ip, puerto, usuario y contraseña (esto se configura en nuestro ordenador al instalar la cámara por primera vez)

Ahora bien, las empresas de seguridad, justifican su elevada cuota en que almacenan los videos para que los puedas presentar a la Policía o compañía de seguros en caso necesario... Pues, existe otra alternativa hasta 50 veces más barata!!!

En la web Cámera FTP te ofrecen el almacenamiento de las imágenes por poco más de 1 euro al mes. El precio es configurable dependiendo del tamaño de las imágenes, los frames por segundo y el tiempo que quieras tenerlo almacenado...  Si tienes una cámara ip puedes crearte una cuenta gratuíta y probarlo sin compromiso. Podrás acceder a las imágenes grabadas por tu cámara desde cualquier ordenador o móvil con conexión a internet...

¿Cuántas cámaras te da para comprar el dinero que te ahorrarás si no contratas una empresa de seguridad?

lunes, 11 de marzo de 2013

El Tarifazo de Securitas Direct

Acabamos de comenzar el mes de Marzo y con él ha llegado un año más el tarifazo de Securitas Direct: el artículo 33 por el que Securitas Direct aumenta, de forma unilateral y sin previo aviso la cuota mensual de sus clientes, a los que les obliga a estar 24 meses pagando una cantidad indeterminada...

En el contrato que hacen firmar a sus clientes al darse de alta, aparece una clausula  (la número 3) en base a la cual Securitas Direct, aprovechando el incremento anual del IPC, aumenta también el precio de la cuota de conexión, si bien se reserva el derecho de aumentarla en un porcentaje distinto, mayor en todos los casos.

Es decir, si por ejemplo emiten a su cliente una factura mensual de 100 euros, en base a esa cláusula, pueden hacerlo. Y el pobre cliente, que empieza pagando una cuota de 28 euros, se encuentra con que, tiene que seguir durante 24 meses, pagando esos 100 Euros mensuales, hecho del que nadie le avisa. 

¿Es legal aplicar este tipo de clausulas, no negociadas individualmente en un contrato con permanencia? ¿O estaríamos hablando de una cláusula abusiva? ¿Cómo pueden obligar a alguien a estar durante 24 meses pagando una cantidad de dinero que el cliente no conoce de antemano?

Entendemos que este hecho es denunciable ante las Organizaciones de Consumidores y deberían obligar a este tipo de empresas a modificar sus contratos y eliminar estas cláusulas.

¿Tú que opinas?